El plazo se encuentra cerrado.
Euskadi ha cumplido ya con los objetivos de los Fondos Next Generation EU para la rehabilitación energética de edificios y viviendas, por lo que en estos momentos, el proceso para admitir nuevas solicitudes respecto a los programas 3, 4 y 5 está paralizado.
Convocatoria publicada para el programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas (4).
¿Cómo realizo el trámite?
Las solicitudes se podrán realizar de manera presencial o electrónicamente. Mediante el canal presencial, las solicitudes deberán presentarse de forma presencial en los registros dispuestos con este fin en:
- Oficinas de Rehabilitación
- Oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- Representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- Oficinas de asistencia en materia de registros.
Mediante el canal electrónico, las solicitudes se pueden presentar a través de:
¿Cuándo se puede hacer la solicitud?
Las solicitudes de las ayudas podrán solicitarse hasta el agotamiento de los fondos.
¿Cuánto tiempo tengo para hacer la obra después de la solicitud?
Para el cambio de ventanas, contemplado en el programa 4, el plazo para ejecutar las obras no podrá exceder de 12 meses, contados desde la fecha de concesión de la ayuda. Resultarán subvencionables las actuaciones cuyo inicio sea posterior al 1 de febrero de 2020.
¿Qué documentación necesito?
Será necesario presentar:
- Datos del solicitante, indicando apellidos y nombre o razón social, NIF. En el caso de que el solicitante sea un agente o gestor de la rehabilitación, deberá presentar el acuerdo que le faculte y autorice a actuar como tal.
- En su caso, datos del representante, indicando apellidos y nombre, NIF.
- Datos de la vivienda donde se realizan las actuaciones de mejora: domicilio y referencia catastral.
- Memoria justificativa de la actuación, que deberán contar con la conformidad de la/s Persona/s Beneficiaria/s. La documentación mínima será: descripción, presupuesto desglosado, planos y la cuantía de la ayuda solicitada.
- Certificado de eficiencia energética de la vivienda en su estado actual firmado por técnico competente y registrado y Certificado de eficiencia energética obtenido considerando realizadas las actuaciones previstas, realizado con el mismo programa reconocido de certificación que el utilizado para el Certificado previo, suscrito por técnico competente, en el que se acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos para la obtención de la ayuda.
- Reportaje fotográfico, preferentemente en color, de los elementos objeto de ayuda antes de la actuación.
Más información en: Resolución de la convocatoria, página del Gobierno Vasco habilitada para el Programa 4.